Jurisconsulto plantea alcance del nuevo Código Penal a periodistas dominicanos en el exterior

Noticias

Avistan tiburones blancos de gran tamaño frente a la costa este de Long Island

  Por Ramón Mercedes NUEVA YORK.– Una tintorera blanca de 3.6...

Propeep entrega vivienda a adulta mayor en Manoguayabo tras jornada de inclusión social

Santo Domingo Oeste. – La Dirección de Proyectos Estratégicos...

ONU asume modelo de BRA en RD como referente global de desarrollo sostenible

  *Santo Domingo, R.D.-* Como un reconocimiento al trabajo social...

Por Ramón Mercedes

NUEVA YORK.– El jurisconsulto dominicano Víctor Eddy Mateo Vásquez, Ph.D., afirmó que la entrada en vigor de la Ley 74-25, que instituye el nuevo Código Penal dominicano y está prevista para el próximo 3 de agosto, abre un importante debate sobre el alcance de las disposiciones relativas a la difamación e injuria para periodistas y comunicadores que ejercen desde el extranjero.

Explicó que, aunque algunos interpretan que la nueva legislación permitiría perseguir penalmente a cualquier persona que publique contenidos sobre República Dominicana desde otro país, la realidad jurídica es más compleja y dependerá de factores como las reglas de competencia, el lugar donde ocurrieron los hechos, dónde se produjo el presunto daño y los mecanismos de cooperación judicial internacional.

Mateo, doctor en Administración, Hacienda y Justicia en el Estado Social por la Universidad de Salamanca, España, y profesor de la Universidad Iberoamericana (UNIBE), sostuvo que el hecho de que un periodista resida o transmita desde el exterior no implica que quede automáticamente sometido a la jurisdicción penal dominicana, ni completamente fuera de ella.

Indicó que, si una publicación produce efectos directos en territorio dominicano o afecta derechos legalmente protegidos, podrían surgir controversias sobre la competencia de los tribunales dominicanos, siempre respetando las garantías de la Constitución, el derecho internacional y la legislación vigente en el país donde reside el comunicador.

Precisó que una eventual persecución no depende únicamente de lo establecido en el Código Penal, sino también de tratados internacionales, acuerdos de asistencia jurídica entre Estados y, en muchos casos, de las garantías constitucionales del país donde reside el comunicador, especialmente cuando están en juego derechos fundamentales como la libertad de expresión y de prensa.

En consecuencia, señaló que la entrada en vigor de la Ley 74-25 no representa una amenaza automática, sino que abre un nuevo escenario de discusión jurídica sobre el equilibrio entre la protección del honor y la libertad de información en un contexto digital donde las publicaciones trascienden fronteras.

Añadió que será la interpretación de los tribunales y, cuando corresponda, la cooperación entre jurisdicciones la que definirá el verdadero alcance práctico de estas disposiciones.

Por ello, consideró que el principal desafío para los periodistas, tanto dentro como fuera del país, sigue siendo informar con apego a la verdad, verificar adecuadamente los hechos y actuar con la diligencia profesional que exige el ejercicio responsable de la libertad de expresión.

Mateo Vásquez afirmó que el nuevo Código Penal no elimina esas garantías, pero sí refuerza la necesidad de que el debate público se desarrolle dentro de un marco de responsabilidad, respeto a los derechos de terceros y observancia del debido proceso.

El especialista investiga en Derecho Administrativo, Empresarial, Tributario, Laboral, Propiedad Intelectual y Derecho de la Competencia. Es autor de varias obras, fue subdirector de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) y asesor del Poder Ejecutivo.

Actualmente dirige el bufete Mateo Vásquez & Asociados (MAVASQ), ubicado en la avenida Defilló, casi esquina Gustavo Mejía Ricart, en Santo Domingo.

Más